REQUISITOS PARA DETERMINAR LAS CAUSAS DE LA MUERTE. El Ministerio de Salud deberá
Determinar los medios que empleará aquel médico distinto del tratante, si no se practica autopsia para determinar la causa probable de la muerte;
Determinar, previa consulta con las sociedades científicas relacionaddas con esta materia, cuáles signos negativos de la vida o positivos de la muerte debe constatar como mínimo el médico que certifica la defunción;
Dictar las disposiciones reglamentarias necesrias para que el certificado individual de defunción sea expedido sin causar ninguna erogación a quien lo solicita, y
Exigir la presentación del certificado individual de defunción, como condición indispensable para expedir la licencia de inhumación.