Las resoluciones de la Junta relacionadas con creación de cargos y asignaciones civiles del personal de la Empresa, requieren para su validez y vigencia, la aprobación del Ministerio de Gobierno. A igual requisito estarán sometidos los contratos que, a nombre de la Empresa, se autoricen y celebren, cuando su cuantía exceda de cien mil pesos ($ 100.000.00).
Decreto 2118 de 1964 →Vigente
Artículo 14
Las Resoluciones De La Junta Relacionadas Con Creación De Cargos Y Asignaciones Civiles Del Personal De La Empresa, Requieren Para Su Validez Y Vigencia, La Aprobación Del Ministerio De Gobierno
Decreto 2118 de 1964 · Por el cual se aprueba, con modificaciones y adiciones, el Acuerdo número 25 de 1964 (febrero 12), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.