Micelio

Artículo 16

Plantas De Personal

Decreto 2274 de 1991 · por el cual se dictan normas tendientes a asegurar la debida organización y funcionamiento de las entidades territoriales erigidas como departamentos en la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la planta de personal del departamento deberá señalarse la apropiación presupuestaria global destinada al pago de los salarios y prestaciones sociales de los empleados públicos y los trabajadores oficiales, así como el número de cargos permanentes que serán ocupados por dichos servidores departamentales. En ningún caso el número de los mencionados servidores podrá exceder el total de cargos ni el monto global de las apropiaciones fijadas para ellos en la planta de personal.

PARÁGRAFO. Los ordenadores de gasto y cualquier otro funcionario que contravengan lo dispuesto en el presente artículo, incurrirán en causal de mala conducta y serán solidariamente responsables de los costos y perjuicios que por su determinación pueda ocasionarse al respectivo departamento, sin detrimento de las sanciones penales a que se hagan acreedores de conformidad con la ley. VI – MUNICIPIOS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2274 de 1991