Micelio

Artículo 2

Ley 83 de 1910 · Por la cual se da una autorización al Gobierno

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno por medio del Ministerio respectivo, podrá conferir los poderes que fueren necesarios para presentar a la Nación en los negocios á que se refiere el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 83 de 1910