Corresponde A La Junta Administradora Del Fondo Educativo Regional La Facultad De Seleccionar El Personal Subalterno Del Centro Experimental Piloto, Que Será Nombrado Por El Jefe De La Entidad Territorial En Su Calidad De Presidente De La Junta Administradora Del Fer, Mediante Acto Administrativo Que Deberá Ser Refrendado Por El Delegado Permanente Del Ministerio De Educación Nacional Ante El Respectivo Fer
Decreto 525 de 1990 · por el cual se reglamentan los artículos 55, 57, 59 y 60 de la Ley 24 de 1988, parcialmente los artículos 12, 13 y 18 de la Ley 29 de 1989 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Corresponde a la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional la facultad de seleccionar el personal subalterno del Centro Experimental Piloto, que será nombrado por el Jefe de la Entidad Territorial en su calidad de Presidente de la Junta Administradora del FER, mediante acto administrativo que deberá ser refrendado por el Delegado Permanente del Ministerio de Educación Nacional ante el respectivo FER.
Parágrafo
El Director del Centro Experimental Piloto será el Jefe inmediato, para todos los efectos, de los funcionarios del Centro Experimental Piloto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.