Micelio

Artículo 33

Decreto 2876 de 1984 · Por el cual se dictan normas sobre control de precios y otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Remisión de diligencia. Cuando el funcionario competente para imponer las multas a que se refiere el artículo 17 del presente Decreto considere que la infracción debe ser sancionada con multas superiores a las que pueden imponer de acuerdo con su competencia, remitirá a Ia mayor brevedad posible, las diligencias y documentos relacionados con la investigación, a que tenga compe tencia inmediatamente superior. Con el mismo criterio podrá proceder el funcionario que reciba las diligencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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