Micelio

Artículo 61

Si Se Autorizare Una Renovación Pero Condicionada A Determinados Cambios En El Producto O E Sus Indicaciones O, En General, Al Cumplimiento De Nuevos Requisitos Fijados En La Correspondiente Providencia, El Solicitante Tendrá Seis (6) Meses Para Ajustarse A Lo Dispuesto Por El Ministerio

Decreto 281 de 1975 · Por el cual se reglamenta el registro de medicamentos, productos alimenticios, cosméticos, materiales de curación, plagicidas de uso doméstico, detergentes y otros productos que inciden en la salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si se autorizare una renovación pero condicionada a determinados cambios en el producto o e sus indicaciones o, en general, al cumplimiento de nuevos requisitos fijados en la correspondiente providencia, el solicitante tendrá seis (6) meses para ajustarse a lo dispuesto por el Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 281 de 1975