Micelio

Artículo 4

Decreto 3147 de 1962 · Por el cual se reglamenta el artículo 67 del Decreto- ley número 1716 de 1960

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo cuarto. En los demás Municipios del país funcionarán en forma permanente los Consejos Municipales de Defensa y Rehabilitación del Menor, los cuales serán organizados por el Consejo Nacional de Defensa y Rehabilitación del Menor a medida que las necesidades lo exijan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3147 de 1962