ARTICULO 2. El valor de los viáticos para los funcionarios de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, será el que determine el Gobierno Nacional para el Sistema General de la Rama Ejecutiva del Poder Público del Orden Nacional.
Decreto 912 de 1992 →Vigente
Artículo 2
El Valor De Los Viáticos Para Los Funcionarios De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones, Será El Que Determine El Gobierno Nacional Para El Sistema General De La Rama Ejecutiva Del Poder Público Del Orden Nacional
Decreto 912 de 1992 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración para los empleos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones y se dictan otras disposiciones en materia salarial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.