Micelio

Artículo 6

La Remuneración Mensual Para Los Empleos De La Rama Judicial Y La Justicia Penal Militar Cuya Denominación Del Cargo No Esté Señalada En Los Artículos Anteriores, Se Regirá Por La Siguiente Escala: Grado Remuneración Mensual Grado Remuneración Mensual Grado Remuneración Mensual 1 526

Decreto 1388 de 2010 · por el cual se dictan unas normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La remuneración mensual para los empleos de la Rama Judicial y la Justicia Penal Militar cuya denominación del cargo no esté señalada en los artículos anteriores, se regirá por la siguiente escala: GRADO REMUNERACIÓN MENSUAL GRADO REMUNERACIÓN MENSUAL GRADO REMUNERACIÓN MENSUAL 1 526.019 12 1.943.281 23 3.727.763 2 595.092 13 2.072.228 24 3.868.486 3 709.096 14 2.198.003 25 4.002.026 4 838.380 15 2.343.618 26 4.139.618 5 964.209 16 2.484.722 27 4.201.215 6 1.121.643 17 2.601.556 28 4.335.568 7 1.226.394 18 2.744.109 29 4.468.668 8 1.355.355 19 3.026.421 30 4.599.984 9 1.509.149 20 3.314.594 31 4.736.247 10 1.646.046 21 3.454.517 32 4.868.078 11 1.796.508 22 3.590.582 33 5.004.754

Parágrafo

Los funcionarios y empleados de la Rama Judicial que no optaron por el régimen establecido en los Decretos 57 y 110 de 1993, 106 de 1994 y 43 de 1995 tendrán derecho, a partir del 1° de enero de 2010, a un incremento de la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación venían percibiendo a 31 de diciembre de 2009, así: Para Jueces y Fiscales de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar será equivalente al dos punto cinco por ciento (2.5%). Para los demás servidores de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar será equivalente al cinco punto cero por ciento (5.0%). Para los empleos a que se refiere el

Parágrafo

del artículo 2° del Decreto 3902 de 2008, el dos por ciento (2.0%). Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente

Parágrafo

resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1388 de 2010