º La prima de alojamiento en el exterior a que se refieren los artículos 86 y 68 de los Decretos 612 y 613 de 1977, respectivamente, podrá ser reconocida mediante la adjudicación de vivienda fiscal en el país donde se cumpla la comisión, o pagada en dinero. Cuando se suministre vivienda el monto de la prima se girará a la entidad de vivienda fiscal correspondiente.
Decreto 298 de 1983 →Vigente
Artículo 5
La Prima De Alojamiento En El Exterior A Que Se Refieren Los Artículos 86 Y 68 De Los Decretos 612 Y 613 De 1977, Respectivamente, Podrá Ser Reconocida Mediante La Adjudicación De Vivienda Fiscal En El País Donde Se Cumpla La Comisión, O Pagada En Dinero
Decreto 298 de 1983 · Por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para algunos empleos del ramo de Defensa y se crea una bonificación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.