Art. 8.° La Biblioteca nacional i el Observatorio Astronómico continuarán incorporados en la Universidad nacional, i serán organizados por el Poder Ejecutivo.
Igualmente queda incorporado en la Universidad nacional el Archivo de la Nacion, que corresponde a la epoca de la Colonia, el cual estará a cargo de un empleado especial. A cargo de este empleado i del Bibliotecario nacional correrá la redaccion i publicación de una Revista mensual de los documentos mas importantes de ambas oficinas, i tendrán el deber de presentar anualmente una memoria especial sobre asuntos de historia i de bibliografía nacionales.