De la partida global apropiada en el Presupuesto Nacional vigente, Capitulo 1210, artículo 12148, para sueldos del personal de nómina dependientes del Ministerio de Educación Nacional, hácese la siguiente distribución parcial:
Para atender al pago del reajuste de aumento ordenado al personal docente de enseñanza secundaria, por los Decretos 1870, 2717 y 2718 de 1962.
CAPITULO 1210
Artículo 1248.
Planteles de Bachillerato.
Reajuste de sueldos en 5 meses, enero a mayo de 1963.
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 31066 (TABLAS DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2.