Micelio

Artículo 5

Cada Juzgado De Instrucción Criminal Tendrá Los Siguientes Empleados Subalternos, De Libre Nombramiento Y Remoción Por El Respectivo Juez: Un Secretario Grado 17 Un Escribiente 1o

Decreto 1646 de 1969 · Por el cual se crean unos Juzgados de Introducción Criminal

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Cada juzgado de instrucción criminal tendrá los siguientes empleados subalternos, de libre nombramiento y remoción por el respectivo juez: un secretario grado 17 un escribiente 1o. grado 9 un escribiente 2o. grado 8 Estos grados y, por ende, las asignaciones corresponden a las estatuidas para los subalternos de la rama jurisdiccional. En el literal b) del artículo 1o. del decreto 903 de mayo 31 de 1969.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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