Micelio

Artículo 2.2.9.1.4

Mesas De Participación

Decreto 1084 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mesas de participación. Son los espacios de trabajo temático y de participación efectiva de las víctimas, destinados para la discusión, interlocución, retroalimentación, capacitación y seguimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 1448 de 2011.

Las mesas de participación de víctimas estarán conformadas por las organizaciones de víctimas y las organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas.

Las mesas de participación de primer grado elegirán a sus voceros en las mesas de segundo grado y estas a su vez en las de tercer grado.

Las decisiones de la mesa nacional de víctimas serán informadas a las mesas de participación de segundo grado, y las de estas a las de primer grado.

Parágrafo

Las víctimas no organizadas tendrán derecho a la participación efectiva haciendo conocer sus observaciones, propuestas y opiniones, a través de intervenciones o escritos dirigidos a las Mesas de Participación o de forma directa a las entidades públicas encargadas de implementar la Ley 1448 de 2011. La Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas y todas las instancias de decisión deben dar a conocer sus decisiones y habilitar mecanismos de publicación que faciliten que las víctimas que no hacen parte de ninguna forma organizativa, que decidieron no hacer parte de la Mesas de Participación o que presentan mayores dificultades para hacer parte de los escenarios de toma de decisiones, como niños, niñas y adolescentes y personas con algún tipo de discapacidad, conozcan las decisiones adoptadas.

(Decreto 4800 de 2011, artículo 264)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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