Micelio

Artículo 10

Decreto 286 de 1967 · Sobre reglamentación de la actividad canina en el país

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimo . Son funciones de la Asociación Ca­nina Colombiana

a)

Refrendar los certificados expedidos por las Asociaciones Especializadas en Razas Puras Caninas.

b)

Llevar los libros y expedir los certificados de razas no tengan asociaciones especializadas.

c)

Ejercer vigilancia y control acerca de las actividades desarrollan sus filiales.

d)

Rendir al Ministerio de Agricultura informe anual sobre sus actividades.

e)

Rendir informes y absolver las consultas que Ministerio de Agricultura le solicite en cualquier oportunidad y sobre las materias que este señale.

f)

Programar, organizar y emitir concepto sobre todas las exposiciones y concursos que se lleven a cabo en el país.

g)

Coordinar el funcionamiento armónico de las asociaciones caninas que funcionen en el país

h)

Las demás que le señale el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 286 de 1967