Micelio

Artículo 17B

B

Decreto 430 de 2016 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

B. Oficina de Relación Estado Ciudadanías. Son funciones de la Oficina de Relación Estado Ciudadanías, las siguientes

1.

Proponer y asistir a la Dirección General frente a la formulación e implementación del modelo, estrategia y lineamientos para el fortalecimiento de la relación con los grupos de valor, tendiente a mejorar continuamente la prestación del servicio.

2.

Analizar y documentar la caracterización de los grupos de valor según la oferta institucional de la entidad, teniendo en cuenta elementos de reconocimiento, mecanismos de participación, accesibilidad y georreferenciación.

3.

Coordinar la elaboración del plan anticorrupción y de servicio al ciudadano articulado con los lineamientos de participación ciudadana y los planes estratégicos sectoriales e institucionales.

4.

Incorporar los atributos de lenguaje claro, accesibilidad, diálogo e inclusión social en la gestión y atención a los grupos de valor, de acuerdo con la normatividad vigente, las metodologías expedidas por el Gobierno nacional y los procesos de la entidad.

5.

Establecer y controlar los niveles de acuerdos de servicio relacionados con la atención a las peticiones institucionales por nivel y por canal en la entidad.

6.

Administrar los canales y portales institucionales dispuestos para la atención de peticiones y la visualización de información a los usuarios de la entidad, atendiendo a los requerimientos de transparencia y participación ciudadana.

7.

Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación, la actualización, mejoramiento y automatización de los procesos institucionales de cara a las ciudadanías.

8.

Atender y responder las peticiones de primer nivel de atención que formulen los ciudadanos por los diferentes canales de atención, cuando sean de competencia de la entidad.

9.

Conocer y tramitar las peticiones de consulta de segundo nivel recibidas por el canal escrito, telefónico, presencial y virtual, sobre las que exista pronunciamiento escrito de la entidad y escalar las peticiones que ingresen del tercer nivel de servicio.

10.

Recibir, tramitar y resolver las quejas, reclamos, sugerencias y/o denuncias por actos de corrupción que presenten los ciudadanos respecto de los servicios que presta la entidad.

11.

Gestionar y hacer seguimiento al servicio prestado a entidades, servidores públicos y ciudadanías, así como a la atención de las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias para dar las soluciones pertinentes.

12.

Formular e implementar programas que fortalezcan los escenarios de relacionamiento del Departamento con las ciudadanías, en materia de participación, rendición de cuentas, tramites y demás señalados por la ley.

13.

Las demás que le sean asignadas y que le correspondan por su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 430 de 2016