Micelio

Artículo 1424

Ley 84 de 1873 · Código Civil de los Estados Unidos de Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1424. Los legados con causa onerosa, que pueda estimarse en dinero, no contribuyen sino con deducción del gravamen, i concurriendo las circunstancias que van a espresarse:

1.ª Que se haya efectuado el objeto;

2.ª Que no haya podido efectuarse sino mediante la inversión de una cantidad determinada de dinero;

Una i otra circunstancia deberán probarse por el legatario, i sólo se deducirá por razón del gravamen la cantidad que constare haberse invertido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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