Son atribuciones propias de la Junta de Ahorro y Vivienda
Promover y fomentar el ahorro y canalizarlo hacia la actividad de la construcción;
Coordinar las actividades de las personas o entidades a que se refiere este Decreto y que tengan por objeto el manejo o aprovechamiento de la inversión de los fondos provenientes del ahorro privado;
Promover y coordinar la divulgación de datos y estadísticas referentes al ahorro, el empleo y la construcción, y publicar, directamente o en asocio con otros organismos, manuales de operaciones, recomendados para el uso de las corporaciones privadas de ahorro y vivienda, asociaciones mutualistas de ahorro y préstamo y demás entidades similares;
Fomentar la creación y funcionamiento de instituciones que cumplan los objetivos de este Decreto.
La autorización de funcionamiento de las corporaciones privadas de ahorro y vivienda será otorgada por el Superintendente Bancario.