Objeto y ámbito de aplicación. El presente título tiene por objeto reglamentar la habilitación para la prestación de servicios postales y el Registro de Operadores Postales de que trata el numeral 10 del artículo 3° de la Ley 1369 de 2009.
Las disposiciones contenidas en el presente título aplican a los Operadores de Servicios Postales de que trata el numeral 4 del artículo 3° de la Ley 1369 de 2009, esto es, a los Operadores de Servicios Postales de Pago, de Mensajería Expresa, y al Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, en el último caso, en materia de registro de operadores postales y cuando quiera que pretenda prestar servicios postales de pago y de mensajería expresa.
Igualmente el presente título aplica a los Operadores de otros servicios postales que la Unión Postal Universal clasifique como tales.
(Decreto 867 de 2010, artículo 1°)