Micelio

Artículo 14

De La División De Estudios, Programación E Informática

Ley 15 de 1989 · por la cual se expiden normas sobre organización, financiamiento y control de los servicios de salud y asistencia pública, se reorganiza la Superintendencia de Seguros de Salud y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Estudios, Programación e Informática de la Superintendencia Delegada para el Control de Servicios de Salud, las siguientes:

a)

Analizar y evaluar los proyectos sobre ampliación de cobertura, inversiones físicas y reglamentos generales de seguros y servicios de salud;

b)

Analizar y evaluar los planes generales de suministro y los informes generales, especiales y consolidados de gastos de funcionamiento;

c)

Analizar y evaluar las estructuras de costos de funcionamiento y de las inversiones de los Servicios de Seguros de Salud;

d)

Diseñar y desarrollar un sistema de información que sustente la toma de decisiones de la Superintendencia Nacional de Salud;

e)

Las demás que le delegue el Superintendente Delegado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 15 de 1989