Micelio

Artículo 58

Decreto 827 de 1986 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2062 de 1984, Reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

RECONOCIMIENTO PRIMA DE ALOJAMIENTO EN EL EXTERIOR. Para el reconocimiento de la prima de alojamiento a que se refiere el artículo 101 del Decreto 2062 de 1984, el interesado debe elevar la correspondiente solicitud a la Dirección General de la Policía Nacional, anexando la constancia expedida por el Agente consular colombiano acreditado ante el respectivo país sobre el traslado e instalación de su familia en la nueva sede.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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