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Artículo 34

Cancelación Del Registro Sanitario

Decreto 219 de 1998 · por el cual se reglamentan parcialmente los regímenes sanitarios de control de calidad, de vigilancia de los productos cosméticos, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cancelación del registro sanitario . El registro sanitario será cancelado por el INVIMA y procederá en los siguientes casos

a)

Si como resultado de la revisión de un producto se encuentra que este viola las normas sanitarias vigentes;

b)

Cuando, con base en los informes de la Sala de Medicamentos de la Comisión Revisora y de acuerdo con el estado de la técnica y los avances científicos, se considere que el producto carece de los efectos o propiedades que se le atribuyeron al tiempo de su expedición o que es peligroso para la salud;

c)

Cuando se compruebe la alteración o el fraude por parte del titular del registro o del fabricante del producto;

d)

Cuando sin autorización del INVIMA o de la autoridad delegada, el producto se fabrica en establecimiento diferente del que se tuvo en cuenta, en el momento de la expedición del registro sanitario;

e)

Cuando el titular del registro sanitario o el establecimiento fabricante no cumple con las disposiciones legales en materia de Buenas Prácticas de Manufactura Cosmética vigentes, BPMC;

f)

Cuando se hiciere promoción de un producto con desconocimiento de las disposiciones vigentes en materia de publicidad;

g)

Cuando el titular del registro sanitario, ampare con el mismo número de registro, otro u otros productos;

h)

Cuando haya lugar al cierre definitivo del establecimiento fabricante;

i)

Cuando el producto tenga defectos críticos o mayores, de acuerdo con las normas técnicas vigentes. Una vez se expida la resolución por la cual se cancela el registro sanitario, el correspondiente producto no podrá ser comercializado. En caso contrario, se procederá al decomiso inmediato y a la aplicación de las sanciones aplicables al productor y/o comercializador, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Parágrafo

La cancelación del registro sanitario implica el decomiso del producto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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