º El Instituto Colombiano de Construcciones Escolares de acuerdo con INALPRO, procederá a elaborar un catálogo de los muebles y equipos que requieren los establecimientos nacionales de educación, a hacer adquisiciones al por mayor, en el país o en el exterior, mediante los procedimientos legales y a mantener un muestrario de su existencias en una o varias ciudades del país.
Decreto 391 de 1970 →Vigente
Artículo 2
El Instituto Colombiano De Construcciones Escolares De Acuerdo Con Inalpro, Procederá A Elaborar Un Catálogo De Los Muebles Y Equipos Que Requieren Los Establecimientos Nacionales De Educación, A Hacer Adquisiciones Al Por Mayor, En El País O En El Exterior, Mediante Los Procedimientos Legales Y A Mantener Un Muestrario De Su Existencias En Una O Varias Ciudades Del País
Decreto 391 de 1970 · por el cual se asigna al Instituto Colombiano de Construcciones Escolares (ICCE) una función.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.