Articulo 28. En la solicitud de licencias para productos medicinales de uso veterinario se oirá el concepto de la División de Ganadería del Ministerio del ramo. En las etiquetas y marbetes de estos medicamentos deberá aparecer la siguiente leyenda: "Uso veterinario".
Decreto 1174 de 1950 →Vigente
Artículo 28
En La Solicitud De Licencias Para Productos Medicinales De Uso Veterinario Se Oirá El Concepto De La División De Ganadería Del Ministerio Del Ramo
Decreto 1174 de 1950 · Por el cual se reglamenta la Ley 32 de 1948 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.