Micelio

Artículo 1

Decreto 4184 de 1949 · Por el cual se dan unas autorizaciones a los Ingenieros Jefes de las Zonas de Carreteras Nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Autorízase a los Ingenieros Jefes de las Zonas de Carreteras Nacionales para celebrar contratos directamente hasta por la suma de un mil quinientos pesos ($ 1.500), de conformidad con las leyes fiscales, y hasta por la cantidad de tres mil pesos ($ 3.000), con arreglo a las mismas disposiciones legales y sujetándolos para su validez a la aprobación del Ministro de Obras Públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4184 de 1949