Micelio

Artículo 64

Para Posesionarse De Los Cargos Relacionados Con El Proceso Electoral De Que Trata El Presente Decreto, Los Nombrados Deben Exhibir Únicamente La Cédula De Ciudadanía O Tarjeta De Identidad Postal, El Certificado De Paz Y Salvo Y Pagar Las Estampillas De Timbre Nacional Correspondientes

Decreto 3325 de 1959 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre las elecciones del 20 de marzo de 1960

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para posesionarse de los cargos relacionados con el proceso electoral de que trata el presente Decreto, los nombrados deben exhibir únicamente la cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad postal, el certificado de paz y salvo y pagar las estampillas de timbre nacional correspondientes. Los Registradores Municipales quedan eximidos de prestar la caución a que se refiere el artículo 22 de la Ley 89 de 1948.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3325 de 1959