Micelio

Artículo 1

Declárase Clausurado Transitoriamente Para La Importación Y La Exportación El Puerto Llamado César , En El Golfo De Urabá, Habilitado En Virtud De Contrato Legalmente Aprobado, Y Suspendidas, En Consecuencia, Las Funciones De La Aduana De Este Puerto Desde El 1

Decreto 699 de 1913 · Por el cual se clausura transitoriamente el puerto llamado César en el golfo de Urabá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Declárase clausurado transitoriamente para la importación y la exportación el puerto llamado César , en el golfo de Urabá, habilitado en virtud de contrato legalmente aprobado, y suspendidas, en consecuencia, las funciones de la Aduana de este puerto desde el 1.° de septiembre próximo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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