Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1426 de 1995 · por el cual se regulan las exportaciones de banano a la Unión Europea durante el cuarto trimestre de 1995 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las exportaciones de banano fresco clasificables bajo las subpartidas arancelarias 08.03.00.12.00 (tipo cavendish valery), 08.03.00.19.10 (banano bocadillo musa acuminata) y 08.03.00.19.90 (los demás), cuyo destino sea uno de los países miembros de la Unión Europea, y hasta concurrencia de un cupo total de ciento noventa y nueve mil seiscientas cuarenta y tres toneladas métricas (199.643 TM) para el trimestre comprendido entre el primero (1º) de octubre y treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos noventa y cinco (1995), se sujetarán a lo dispuesto en los siguientes artículos.

Parágrafo

Son países miembros de la Unión Europea los siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, el Reino Unido, Suecia y los demás que formalicen su ingreso a dicha Unión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1426 de 1995