Micelio

Artículo 1

º

Decreto 283 de 1996 · Por el cual se transfieren los bienes remanentes del proceso de disolución y liquidación de la Sociedad de Caridad y Beneficencia de Neiva, entidad sin ánimo de lucro del sector salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Ordénase transferir el derecho de dominio y propiedad sobre los bienes remanentes de la liquidación y disolución de la Sociedad de Caridad y Beneficencia de Neiva, que se detallan a continuación, a la Empresa Social del Estado Hospital Departamental Hernando Moncaleano Perdomo de la ciudad de Neiva, por valor de dos mil novecientos noventa y cinco millones doscientos ochenta y seis mil ciento cuarenta y cinco pesos con cincuenta y seis centavos ($2.995.286.145.56), según certificación expedida el 19 de diciembre de 1995 por el liquidador, el contador, el revisor fiscal de la mencionada institución así: - En efectivo quinientos nueve millones trescientos treinta y seis mil novecientos cinco pesos con noventa y dos centavos ($509.336.905.92). - Pagaré número 001 a cargo del Municipio de Neiva del 17 de noviembre de 1995 con vencimiento al 17 de mayo de 1996, avalado por el Banco Uconal el 17 de noviembre de 1995, por valor de novecientos diecisiete millones cuatrocientos cincuenta y siete mil setecientos tres pesos con sesenta y cuatro centavos ($917.457.703.64). - Muebles y Enseres por valor de trescientos setenta y un mil quinientos treinta y seis pesos ($371.536). - Lote de terreno avaluado en un mil quinientos sesenta y ocho millones ciento veinte mil pesos ($1.568.120.000) moneda legal, con una extensión de tres hectáreas, cuatro mil novecientos noventa metros cuadrados (3 Has 4.990 m 2 ), inscrito en el Catrasto vigente bajo el número 01-4-011-028, ubicado entre las carrera 14 y 15, calle 9ª y Avenida La Toma de la ciudad de Neiva, donde actualmente funciona la Empresa Social del Estado, Hospital Departamental Hernando Moncaleno Perdomo, con linderos según consta en la Escritura Pública número 2950 del 14 de diciembre de 1978 de la Notaría Primera de Neiva. El lote en mención fue adquirido por la Sociedad de Caridad de Neiva por compra efectuada al municipio según consta en la Escritura Pública número 190 del 6 de septiembre de 1940 de la Notaría Segunda del Círculo de Neiva. El desenglobe fue efectuado por medio de la Escritura número 2950 del 14 de diciembre de 1978 de la Notaría Primera de Neiva, correspondiéndole al lote de terreno objeto de la presente transferencia el folio de matrícula inmobiliaria número 200-0016147. En dicho lote se construyó el Hospital Departamental de Neiva, la Facultad de Medicina Surcolombiana y el Centro de Formación de Recursos Humanos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 283 de 1996