°. Adicionar el artículo 8° del Decreto número 4890 del 23 de diciembre de 2011, así: Dirección de Estudios Estratégicos 7. Dirigir el acopio y sistematización de la información de inteligencia, judicial y estadística, que suministren las instituciones representadas en el Conase y en general, la información que sobre esta materia exista en el territorio nacional.
La anterior función será ejercida por la Dirección de Estudios Estratégicos, a partir de la fecha de publicación del presente decreto.