ARTICULO 47 Son funciones de la división de personal a). Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con reclutamiento adiestramiento remuneración registro y control de personal b). Expedir las providencias sobre novedades de personal c). Recibir y evaluar los informes sobre personal provenientes de las diferentes dependencias y tomar las disposiciones pertinentes.
esta división cumplirá sus funciones de acuerdo con las normas y reglamentos que para el efecto dicte el departamento administrativo del servicio civil