Art. 9.° El Tesorero de la Junta enviará á la Tesorería general de la República, en los primeros días de cada mes, una relación de las cantidades que haya recibido, por valor de los arrendamientos de las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez, con el objeto de que en esta Oficina puedan describirse las operaciones de imputación al Haber de la renta, con débito á una cuenta que abrirán llamada Junta de Amortización , pues la Tesorería general es la encargada de llevar la cuenta oficial de esa renta.
Decreto 1347 de 1901 →Vigente
Artículo 9
Decreto 1347 de 1901 · Cual se reglamenta la Contabilidad de la Tesorería de la Junta de Amortización
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.