Micelio

Artículo 2.17.2.1.2

Recursos Del Programa De Alivio

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recursos del programa de alivio. Los recursos del programa de alivio a las obligaciones no financieras estarán conformados por

1.

Los recursos de instrumentos de política de financiamiento y riesgos agropecua­rios del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, conforme la apropiación presupuestal, programación de la inversión y el presupuesto asignado para el programa de alivios en cada vigencia.

2.

Los recursos propios de los entes territoriales que voluntariamente destinen al programa.

3.

Los recursos de cooperación internacional que se destinen para tal fin.

4.

Donaciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras y orga­nismos internacionales destinados para el programa.

Parágrafo 1

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podrá trasladar recursos de los instrumentos de financiamiento y riesgos agropecuarios al programa de alivio a las obligaciones no financieras para cadenas priorizadas.

Parágrafo 2

Las solicitudes se otorgarán hasta agotar los recursos destinados en cada vigencia para el Programa de alivios no financieros de que trata este decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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