Micelio

Artículo 2

Ley 1 de 1973 · por la cual la Nación se asocia a la celebración del Sesquicentenario de la batalla sobre el lago de Maracaibo y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación contribuirá, como aporte especial, para la financiación de los gastos que demande la celebración del Sesquicentenario, y la realización de obras de carácter social, y de interés público, que requiera el Municipio de Riohacha, con la suma de veinte millones de pesos ($ 20.000.000.00) que se girará al Tesoro Departamental de la Guajira a partir de la vigencia presupuestal de 1973.

Parágrafo

El Ministerio de Obras Públicas y la Contraloría General de la República tendrán a su cargo, respectivamente, la interventoría y fiscalización de las inversiones que se hagan con auxilios nacionales con destino a la celebración del Sesquicentenario de la Batalla sobre el Lago de Maracaibo, de conformidad con el siguiente plan de obras:

Primero. Monumento al Almirante José Prudencio Padilla.

Segundo. Construcción de un Centro Administrativo, en donde funcionarán las oficinas Nacionales, Departamentales, Municipales e Institutos Descentralizados. Tercero. Remodelación de la Plaza Central. Cuarto. Construcción del Museo de la Raza Guajira.

Quinto. Obras de pavimentación e iluminación en el Municipio de Riohacha. Sexto. Construcción del Puente sobre el río Ranchería (Riíto). Séptimo. Terminación de las obras del muro para defensa del mar, en la Avenida Catorce de Mayo.

Octavo. Terminación de la avenida de circunvalación de la ciudad de Riohacha.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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