Micelio

Artículo 7

Decreto 1653 de 1982 · Por el cual se dictan los estatutos orgánicos de las Zonas Francas de Barranquilla, Manuel Carvajal Sinisterra, Cartagena, Santa Marta, Cúcuta y Buenaventura

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 7º . Actividades de las Zonas Francas . Las Zonas Francas de Barranquilla, Buenaventura, Manuel Carvajal Sinisterra, Cartagena, Santa Marta y Cúcuta, podrán ejercer todas las actividades directamente relacionadas con el cumplimiento de su objeto, en especial las siguientes: a). Construir inmuebles para oficinas, almacenes, depósitos o talleres destinados a su propio uso o para arrendarlos a los usuarios de la respectiva entidad; b) Dar en a rrendamiento lotes de terreno o instalaciones de su propiedad a personas naturales o jurídicas nacionales o a personas jurídicas extranjeras que constituyen sucursal en el país, con el objeto de utilizar tales instalaciones o de construir en dichos lotes, para desarrollar actividades industriales o comerciales; c ) Establecer y organizar la prestación de servicios de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, teléfonos, telecomunicaciones, gas y en general, cualquier servicio público y contratar con otras entidades la prestación de los mismos; d ) Construir puertos, aeropuertos, muelles, lugares de embarque y desembarque, estaciones ferroviarias y terminales de cargue y descargue terrestres, o autorizar a otras Personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, para construir o explotar tales obras; e) Realizar en general todos los actos y contratos necesarios para desarrollar los objetivos previstos en la Ley 47 de 1981 y en el presente Decreto y en aquellas que sean indispensables para su operación como establecimientos públicos del orden nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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