Micelio

Artículo 2.14.6.10.15

Crédito Especial De Tierras

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Crédito Especial de Tierras. Los beneficiarios definidos en el artículo 2.14.6.10.3 del presente decreto que no tengan tierra o esta sea insuficiente podrán acceder a una línea de crédito especial de tierras con tasa subsidiada y con mecanismos de aseguramiento de los créditos definidos por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario; en los términos de Capítulo V, del Título 22, de la Parte 14, del Libro 2 del Decreto número 1071 de 2015, y bajo el cumplimiento de lo establecido en el artículo 35 del Decreto Ley 902 de 2017, o la norma que le modifique, sustituya o adicione.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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