Micelio

Artículo 29

Si Revisada La Liquidación Correspondiente A La Participación De Utilidades Apareciere Que Corresponde Pagar A La Empresa Una Suma Mayor De La Que Figura En La Liquidación Inicial, Esta Procederá Inmediatamente A Verificar El Pago Adicional En La Misma Forma Y Condiciones Que Se Fijan En Los Artículos Anteriores

Decreto 2474 de 1948 · Por el cual se fija la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si revisada la liquidación correspondiente a la participación de utilidades apareciere que corresponde pagar a la empresa una suma mayor de la que figura en la liquidación inicial, esta procederá inmediatamente a verificar el pago adicional en la misma forma y condiciones que se fijan en los artículos anteriores. Cuando en virtud de la revisión se determinare un menor valor de la participación, podrá la empresa descontarlo de las sumas que deba repartir en el próximo período financiero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2474 de 1948