Micelio

Artículo 3

Para Todos Los Efectos Legales, Las Acciones Que Suscriba La Nación Se Considerarán Como Capital Suscrito Y Pagado, Desde La Fecha De Emisión Del Título De Que Trata El Artículo 1º

Decreto 2295 de 1991 · por el cual se ordena la emisión de un título de deuda interna de la Nación denominado Pagaré Ley 48 de 1990, capitalización Banco Central Hipotecario se fijan sus condiciones financieras y de colocación, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para todos los efectos legales, las acciones que suscriba la Nación se considerarán como capital suscrito y pagado, desde la fecha de emisión del título de que trata el artículo 1º. de este Decreto. El valor de las acciones se tomará con base en el valor patrimonial del Banco determinado a noviembre 30 de 1990.

Parágrafo

El Banco Central Hipotecario, a partir de la fecha de la emisión, efectuará en sus estados financieros los registros contables a que haya lugar por la capitalización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2295 de 1991