Micelio

Artículo 10

Ley 76 de 1937 · por la cual se fomenta el establecimiento de unas plantas eléctricas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los auxilios de que trata la presente Ley no se pagarán mientras no hayan sido sometidos a la aprobación del Ministerio de Obras Públicas los proyectos, estudios, planos, presupuestos y especificaciones de las respectivas obras.

Parágrafo

Si se expidiere una ley de carácter general sobre aporte de la Nación para el establecimiento y ensanche de plantas eléctricas, los auxilios que se decretan por la presente quedarán sometidos en un todo a sus disposiciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 76 de 1937