Micelio

Artículo 78

Cuando La Felicitación Sea Otorgada Por Un Comando Superior, Se Consignará En La Respectiva Orden Del Día Y Se Leerá En Una Formación O Acto Especial, En Presencia De Todo El Personal De La Unidad U Organismo A Que Pertenezca El Agraciado

Decreto 1835 de 1979 · Por el cual se subroga el reglamento de régimen disciplinario para la Policía Nacional aprobado y adoptado por el Decreto 2857 de 1966

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la felicitación sea otorgada por un comando superior, se consignará en la respectiva orden del día y se leerá en una formación o acto especial, en presencia de todo el personal de la unidad u organismo a que pertenezca el agraciado. Con esta felicitación se concederá un permiso hasta por diez (10) días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1835 de 1979