Micelio

Artículo 7

Fases Para La Implementación

Ley 2328 de 2023 · Por medio de la cual se establece la política de estado para el desarrollo integral en la infancia y adolescencia. Todos por la infancia y la adolescencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el ámbito de los consejos nacional, departamental, distrital y municipal de Política Social, en armonía con lo previsto en el Código de Infancia y Adolescencia - Ley 1098 de 2006, la Política de Estado para el Desarrollo Integral en la Infancia y Adolescencia, se deberá implementar en las siguientes fases:

a)

Identificación . En esta fase se identifica el estado de realización de los derechos de las niñas, niños y adolescentes por momentos del curso de vida y entornos de desarrollo, analizado en la perspec­tiva de la Ruta Integral de Atenciones (RIA), las atenciones y la oferta pública y privada disponible dirigida a esta población. Esta información dará los elementos para la focalización de acciones y prioridades a nivel territorial. También se movilizará la participa­ción de las niñas, niños y adolescentes, de las entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y de otros actores sociales a través de los consejos de Política Social y espacios crea­dos para este fin, que permitan la coordinación y reflexión sobre las prioridades, lineamientos y acciones de la política.

b)

Formulación. A partir del diagnóstico sobre la realización de los derechos y la Ruta Integral de Atenciones local, se deberán plan­tear las mejores alternativas para garantizar de forma progresiva el goce efectivo de los derechos de las niñas, niños, y adolescentes en el territorio. Para tal fin se formulará el plan de acción con los objetivos, las metas, los indicadores de gestión y de resultado, las acciones, los recursos y los responsables para la ejecución de la Ruta Integral de Atenciones, de manera complementaria a las polí­ticas existentes. En esta fase se promoverá la participación efectiva de las niñas, niños y adolescentes en los espacios de diálogo y reflexión para la definición de las prioridades.

c)

Implementación. En esta fase, se materializan las acciones de la Política como planes, programas y servicios, para la ejecución de la Ruta Integral de Atenciones local planteada en el plan de acción. El proceso de ejecución debe estar soportado en los principios de intersectorialidad, sostenibilidad, coordinación, complementarie­dad y concurrencia entre los distintos actores involucrados y nive­les de gobierno.

d)

Seguimiento y evaluación. El seguimiento de la ejecución de la Ruta Integral de Atenciones se hará por parte de las instancias de coordinación de infancia y adolescencia en el marco de los Conse­jos de Política Social y las mesas de infancia y adolescencia sobre la base de metas progresivas planteadas en el plan de acción. La evaluación de los resultados alcanzados guiará nuevos cursos de acción en la medida que se vayan alcanzando los objetivos pro­puestos. De los resultados se hará un ejercicio de divulgación y movilización social que permita a las niñas, niños y adolescentes, así como los factores de lo sociedad civil, academia y ciudadanía conocer los resultados de la gestión para la garantía de los dere­chos de la infancia y adolescencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2328 de 2023