Micelio

Artículo 45

Si El Solicitante Nada Propusiere Dentro Del Término Del Traslado De Que Tratan Los Dos Artículos Anteriores, O Cuando Fuere Desfavorable El Concepto De La Nueva Fórmula Propuesta, Se Negará La Solicitud De Renovación De Licencia, Se Cancelará La Licencia Que Se Trataba De Renovar Y Se Ordenará El Decomiso Del Producto

Decreto 2228 de 1962 · Por el cual se reglamenta la fabricación, importación y venta de drogas, alimentos con indicaciones terapéuticas y cosméticos; se fija el valor de los derechos de análisis o de estudio para su licenciamiento, y se dictan otras disposiciones (segunda publicación, por haberse agotado la edición del diario oficial 30877 del 18 de agosto de 1962, donde apareció originalmente)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Si el solicitante nada propusiere dentro del término del traslado de que tratan los dos Artículos anteriores, o cuando fuere desfavorable el concepto de la nueva fórmula propuesta, se negará la solicitud de renovación de licencia, se cancelará la licencia que se trataba de renovar y se ordenará el decomiso del producto.

Parágrafo

Si el concepto de que trata el Artículo 43 fuere desfavorable, o si se aceptare la nueva fórmula propuesta conforme el Artículo 44, la Sección Jurídica dispondrá que se consignen los derechos de análisis o de estudio para el licenciamiento y los de publicación, y se presenten las muestras correspondientes a la nueva fórmula de que trata el Artículo 44.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2228 de 1962