Micelio

Artículo 117

Gobierno Ejecutivo - Bogotá, Septiembre 16 De 1892

Ley 12 de 1892 · Que da una autorización general al Presidente de la República y otra particular al Presidente electo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2. ° Autorizase, por motivos de salud, al Exemo Sr. Dr. Rafael Núñez, Presidente electo, para que pueda tomar posesión de su cargo cuando á bien lo tenga, en el lugar de su residencia, ante dos testigos, con arreglo al artículo 117 de la Constitución.

Cumplida esta formalidad, el Presidente electo quedará investido de la capacidad de ejercer el Poder Ejecutivo cuando se encuentre en las circunstancias que leyes preexistentes exigen al efecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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