Micelio

Artículo 27

Corresponde A Las Divisiones Regionales Desarrollar Las Siguientes Funciones: A

Decreto 636 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa del Ministerio de Minas y Petróleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a las Divisiones Regionales desarrollar las siguientes funciones

a)

Levar a cabo las funciones relacionadas con el fomento y desarrollo de la minería en el área de influencia de la Regional;

b)

Velar por el cumplimiento de los programas de Asistencia Técnica a la pequeña y mediana minería a fin de obtener el aprovechamiento total delos recursos comercialmente explotables que se encuentran en los respectivos depósitos de minerales;

c)

Realizar dentro de su área el control de las actividades mineras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 636 de 1974