Micelio

Artículo 73

Ley 32 de 1886 · Sobre propiedad literaria y artística

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 73. En caso de controversia sobre si ha habido en una obra aprovechamiento licito de ideas, o ilícita reproducción de materiales ajenos, el Juez o Tribunal que conozca del asunto, podrá acordar que se haga un examen o comparación parcial, y faltando decisiones anteriores que establezcan jurisprudencia, se atendrá especialmente a los principios sancionados por la jurisprudencia francesa o la española en materia de propiedad literaria y artística.

DISPOSICIONES FINALES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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