Micelio

Artículo 4

Ley 68 de 1983 · por la cual se dictan normas sobre el impuesto al valor CIF de las importaciones y su destinación, se adoptan normas para el Instituto de Fomento Industrial IFI y la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, se conceden unas facultades y se dictan otras disposiciones en materia tributaria y financiera.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. El Consejo Nacional de Política Económica y Social CONPES, fijará anualmente con base en la propuesta que le presente el Instituto de Fomento Industrial, IFI, la distribución de los recursos a que se refieren los artículos 1º. y 3º. de esta Ley entre el otorgamiento de crédito a la industria nacional, la realización de inversiones en empresas industriales y la atención del servicio de la deuda contraída y que contraiga la entidad, para todo lo cual se tendrán en cuenta los compromisos previos de inversión que hayan sido asumidos por el Instituto.

Los fondos destinados a la realización de inversiones en empresas industriales deberán aplicarse según lo determine la Junta Directiva del Instituto, la cual tomará en cuenta los sectores definidos como de interés nacional por parte del Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, y los compromisos previamente contratados por el Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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