Micelio

Artículo 8

Cumplidos Los Trámites De Que Trata El Artículo Anterior, El Intra De Acuerdo Con Lo Dispuesto En Los Artículos 94 Y 95 Del Decreto Extraordinario 1344 De 1970, Procederá Por Conducto De Las Direcciones De Tránsito A Disponer La Modificación De La Tarjeta De Propiedad Del Vehículo A Fin De Incluir Como Característica Del Mismo La Calidad De "blindado" Y Dentro De Las Limitaciones A La Propiedad, La De Que Todo Traspaso, Préstamo De Uso, O Enajenación A Cualquier Título, Relacionados Con Dicho Vehículo Requerirán La Aprobación Previa Del Ministerio De Defensa Nacional,

Decreto 737 de 1979 · Por el cual se reglamenta la adquisición, uso, enajenación y empleo de vehiculos automotores blindados o con protección antibalas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Cumplidos los trámites de que trata el artículo anterior, el INTRA de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 94 y 95 del Decreto Extraordinario 1344 de 1970, procederá por conducto de las Direcciones de Tránsito a disponer la modificación de la tarjeta de propiedad del vehículo a fin de incluir como característica del mismo la calidad de "blindado" y dentro de las limitaciones a la propiedad, la de que todo traspaso, préstamo de uso, o enajenación a cualquier título, relacionados con dicho vehículo requerirán la aprobación previa del Ministerio de Defensa Nacional,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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