A partir de la ejecutoria de la resolución por la cual se imponga la suspensión o cancelación; de una autorización, no podrá desarrollarse actividad alguna por parte de la fuente artificial de contaminación del aire relacionada con el fundamento de la sanción, salvo la necesaria para evitar deterioro a los equipos, conservación del inmueble, o adelantar obras para instalar o adecuar sistemas de control.
Artículo 62
A Partir De La Ejecutoria De La Resolución Por La Cual Se Imponga La Suspensión O Cancelación; De Una Autorización, No Podrá Desarrollarse Actividad Alguna Por Parte De La Fuente Artificial De Contaminación Del Aire Relacionada Con El Fundamento De La Sanción, Salvo La Necesaria Para Evitar Deterioro A Los Equipos, Conservación Del Inmueble, O Adelantar Obras Para Instalar O Adecuar Sistemas De Control
Decreto 2206 de 1983 · Por el cual se sustituye el Capítulo XVI de la Vigilancia, el Control y las Sanciones, del Decreto número 02 de 1982 sobre Emisiones Atmosféricas
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.