Micelio

Artículo 1

Ley 127 de 1963 · Por la cual se ordena la construcción de un Frigorífico en la ciudad de Honda, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación procederá a construír, en la ciudad de Honda, un Frigorífico destinado al almacenamiento de carnes y pescados. Para los efectos citados en este artículo la Nación procederá a adquirir los terrenos indispensables en él citado Municipio, así como la maquinaria y demás, elementos indispensables.

Parágrafo

Los estudios necesarios para el cumplimiento del artículo anterior se adelantarán previo concepto del Instituto Nacional de Abastecimientos, con el fin de determinar la capacidad y especificaciones de la obra, en consideración a las necesidades locales y a las correspondientes a los mercados que se abastecen de carne y pescado con base en la producción de la zona de Honda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 127 de 1963